La Autoridad Nacional del Agua (ANA) aprobó hoy, mediante una resolución jefatural, el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua.
Manifestó que habiéndose acogido los aportes y sugerencias de las personas naturales y jurídicas vinculadas a la materia, así como los representantes de los gremios agrícola, minero, eléctrico e industrial, se procedió a la elaboración del reglamento.
Explicó que el documento contiene los requisitos específicos, plazos y trámites que deben de presentar los administrados para el otorgamiento de los derechos de uso de agua.
Además, el procedimiento a seguir ante la ANA y sus órganos desconcentrados, garantizando el derecho a toda persona a formular oposiciones en caso se considere afectado.
El reglamento dice que los usuarios que no se acogieron al beneficio del Programa Extraordinario de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios (Profodua) y que utilizan agua de manera pública y pacífica, podrán regularizar su licencia de uso de agua ante la administración local de agua presentando una solicitud acompañada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
Mientras que quienes vienen utilizando el agua superficial y/o subterránea de manera pública, pacífica y continua durante cinco años o más, sin contar con sus respectivas licencias podrán tramitar en un solo procedimiento el otorgamiento de la misma vía de regularización.
También señala que los procedimientos sancionadores que inicie la administración local de agua contra quienes vienen utilizando el agua superficial y/o subterránea serán suspendidos con la acreditación de haber solicitado la formalización.
Fuente: Andina
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