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Productos pesqueros y acuícolas además.Foto: ANDINA |
El Ejecutivo publicó el decreto legislativo 1222, dentro del marco de facultades legislativas, por el cual se optimiza los procedimientos administrativos y fortalece el control sanitario y la inocuidad de los alimentos industrializados y productos pesqueros y acuícolas.
A través de la referida norma, se establece como patrones de referencia para los establecimientos dedicados a la fabricación, importación, fraccionamiento, almacenamiento, expendio o comercialización de alimentos;la Certificación de Principios Generales de Higiene o de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP, según corresponda.
La Certificación de Principios Generales de Higiene y de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP son emitidas por la Autoridad Sanitaria de nivel nacional y autorizan cualquiera de los procesos u operaciones mencionadas en el párrafo precedente, señala.
"Para el caso de las importaciones, además de lo señalado anteriormente, es necesario contar con la autorización sanitaria de producción o la que haga sus veces, emitida por la autoridad sanitaria competente del país de origen del producto", aclara.
Estipula que todo alimento elaborado industrialmente, de producción nacional o extranjera, sólo puede fabricarse, importarse, fraccionarse, almacenarse, expenderse o comercializarse previa Certificación de Principios Generales de Higiene o de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP, por establecimiento y/o línea de producción, según corresponda.
Fuente: ANDINA
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