Foto: andina.pe |
El Poder Ejecutivo oficializó la Ley que regula el servicio de extensión agropecuaria, que había sido aprobada por el Congreso de la República, con la finalidad de promover e incrementar las capacidades de los productores agrarios.
La extensión agropecuaria es un servicio de carácter público, permanente y descentralizado, que implica un proceso educativo, sistemático y de interacción y acompañamiento con los productores agropecuarios.
Ello permite atender demandas integrales que incluyen la capacitación y asistencia técnica, con el fin de facilitar la adopción, aplicación de tecnologías y conocimientos que mejoren los procesos de producción de las unidades agropecuarias, agroforestales, incorporando innovaciones del tipo tecnológico, organizacional, empresarial y ambiental, considerando el entorno sociocultural de los productores y potencialidad del suelo y la disponibilidad hídrica.
Mediante la Ley Nº 31368, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se regula el servicio de extensión agropecuaria, para incrementar la productividad y competitividad del productor agropecuario, así como impulsar el desarrollo rural.
Las disposiciones contenidas en la presente ley y sus normas reglamentarias son de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas y privadas, personas naturales o jurídicas vinculadas con el servicio de extensión agropecuaria.
El dispositivo legal indica que los objetivos específicos del servicio de extensión agropecuaria son:
- Fortalecer y ampliar la cobertura del servicio de extensión agropecuaria en atención a las necesidades y demandas de los productores agrarios.
- Incrementar y fortalecer la productividad y competitividad del sector agropecuario.
- Promover el uso de tecnologías sostenibles en la actividad agropecuaria.
- Fortalecer la articulación de los actores del Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA), que participan en la prestación del servicio de extensión agropecuaria.
- Promover la transferencia tecnológica y la asistencia técnica a nivel nacional.
La presente ley establece las competencias y mecanismos de articulación de las entidades de los tres niveles de gobierno, que participan en la prestación del servicio de extensión agropecuaria, considerando el potencial agrario y la demanda de los productores y las tendencias de los mercados nacional e internacional.
La competencia para promover la extensión agraria es una función compartida entre el gobierno nacional y los gobiernos regionales, los cuales deben articular y armonizar iniciativas y acciones con los gobiernos locales.
El Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) es el responsable del desarrollo normativo y supervisión de la extensión agropecuaria y el otorgamiento de la acreditación respectiva, correspondiendo a los gobiernos regionales y locales la implementación de las disposiciones previstas en la presente norma en el marco promotor competencial dentro de los límites territoriales.
Fuente: andina.pe
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