El Poder Ejecutivo publicó la ley que aprobó el Congreso de la República para ampliar por 90 días hábiles los beneficios establecidos la Ley que crea el Programa de Reestructuración de la Deuda Agraria (Preda), con la finalidad de que los deudores presenten sus solicitudes de acogimiento a dicho programa.
De acuerdo a la Ley N° 29779, publicada hoy, el Banco Agropecuario (Agrobanco) deberá, en el plazo establecido, culminar con el proceso de compra de la cartera morosa establecida en la Ley que Viabiliza la Ejecución del Preda (Ley N° 29596).
La ley precisa que el Preda alcanza a las deudas vencidas e impagas al 31 de diciembre del 2009.
Además serán incluidas las deudas derivadas de los créditos contraídos por productores agrarios nacionales, personas naturales o jurídicas, que desarrollen cultivos, crianza o acuicultura con las instituciones de sistema financiero nacional, cajas rurales, y municipales, cooperativa, empresas de desarrollo de pequeña y microempresas (Edpymes) y entidades de segundo piso.
También serán considerados los créditos que hubiesen sido castigados por las entidades financieras, debiendo ser consideradas en la cartera morosa a ser adquirida por el Banco Agropecuario (Agrobanco).
Asimismo, se suspende los remates ordenados en el artículo 2 de la ley que viabiliza la ejecución del Preda (Ley 29596).
El Ministerio de Agricultura, sus direcciones regionales y el Banco Agropecuario (Agrobanco) serán las entidades que se encarguen de la difusión de este beneficio.
Fuente: Andina
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