Senasa establece requisitos fitosanitarios para importar semillas de maíz de Puerto Rico
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Publicado el: 19/10/11 09:51 AM
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El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas de maíz (Zea mays) de origen y procedencia de Puerto Rico.
De acuerdo a la resolución directoral del Senasa publicada hoy, los requisitos fueron establecidos ante el interés de importar el mencionado producto de Puerto Rico.
Por ello, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del Senasa inició el estudio respectivo con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de maíz.
Las mencionadas semillas deberán contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.
Asimismo, deberán venir acompañados de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, con una declaración adicional que consigne que las semillas provienen de un lugar de producción que fue oficialmente inspeccionado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria del país de origen, durante el período de crecimiento activo del cultivo.
El Certificado Fitosanitario oficial del país de origen deberá asegurar también que el producto fue encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. Syringae, Glomerella graminicola, Peronosclerospora sorghi y Sclerospora graminicola.
Igualmente, deberá consignarse que el producto está libre de Caulophilus oryzae.
Estos productos deberán ingresar a Perú en envases nuevos y de primer uso, y pasarán por una inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
El inspector del Senasa tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal, y el envío quedará retenido hasta la obtención de los resultados del análisis. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
Fuente: Andina
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