Lima, set. 18 (ANDINA).- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos zoosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de harina de carne y huesos de la especie de bovina y/o porcina, teniendo como origen y procedencia Chile.

Los productos proceden de un país libre de prurigo lumbar (Scrapie) y Fiebre Aftosa, mientras que cuenta con un riesgo insignificante a Encefalopatía Espongiforme Bovina (BSE) de acuerdo a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

En ese sentido, estableció que los productos proceden de una planta de elaboración y de depósitos autorizados por la Autoridad de Sanidad Animal de Chile, las que están avaladas por el Senasa.

Los productos deberán ser sometidos a un tratamiento térmico durante 20 minutos como mínimo, a una temperatura que ascienda a 133 grados centígrados, y con una presión absoluta de tres bares.

La mercadería deberá estar libre de Salmonella y otros como Escherichia y Clostridium que pueden ser infecciosos si se destinan a la alimentación de animales.

No obstante, en su empaque los productos a importarse deberán tener impresa la leyenda “Prohibido el uso en la alimentación de rumiantes”.

El Senasa subrayó que durante el manejo, el transporte y almacenaje del producto éste no debe ser alterado en ninguna manera ni estar en contacto con algún producto animal o posibles materiales infecciosos.

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