Lima, jun. 13 (ANDINA).- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos zoosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de leche y productos lácteos de origen y procedencia italiana, para lo cual se procederá a emitir los permisos zoosanitarios de importación respectivos.

Entre los requisitos establecidos hoy mediante Resolución Directoral se encuentran que la leche y los productos lácteos deberán proceder de un establecimiento o planta de producción oficialmente autorizado para la exportación y habilitado por el Senasa.

Asimismo deberán proceder de rebaños y establecimientos de producción que no tuvieron restricciones sanitarias en el momento de recolección de la leche y en la elaboración del producto.

Igualmente que el establecimiento de producción, y al menos en un área de diez kilómetros a su alrededor, no esté ubicado en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización, durante los 60 días previos al embarque.

Se establece también que los productos deberán ser aptos para el consumo animal y que la leche deberá haber sido sometida a una ultrapausterización o pausterización rápida.

Los requisitos zoosanitarios específicos establecen asimismo que se tiene que constatar que se tomaron las precauciones necesarias después del tratamiento, para evitar el contacto de la leche o sus productos lácteos con cualquier microorganismo potencialmente patógeno para animales o humanos.

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