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Aprueban lineamientos de política para competitividad de mercados de abastos
  • Aprueban lineamientos de política para competitividad de mercados de abastos

    Foto: ANDINA/archivo

    El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó los Lineamientos Generales de la Política Nacional para la Competitividad de Mercados de Abastos, con el fin de promover acciones concertadas de los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local).

    Mediante Resolución Ministerial N° 196-2016-PRODUCE, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso la publicación de la citada norma en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), donde se puede conocer el detalle de los lineamientos de política para la competitividad de los mercados de abastos.

    En los considerandos de la norma se recuerda que se constituyó el Grupo de Trabajo Multisectorial de diversificación productiva en el sector gastronómico, para facilitar el surgimiento de nuevos motores en la economía e identificar cadenas de valor con potencial demanda en dicho sector.

    Esta citada Mesa Ejecutiva Gastronómica considera en su cadena de valor a los mercados como un eslabón importante para su desarrollo. Asimismo, identificó que estos presentan barreras que limitan su competitividad, generan ineficiencias en la distribución de alimentos y afectan a consumidores y a la cadena de valor gastronómica.

    Por ello, considerando la situación actual de los mercados de abastos, se requería aprobar los Lineamientos Generales de la Política Nacional para la Competitividad de Mercados de Abastos que enmarque y promueva acciones concertadas de los tres niveles de gobierno, según sus competencias para lograr el desarrollo de los mercados de abastos.

    También se indica que el Produce tiene como función rectora el formular, planear dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial en materia de comercio interno, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno.

    En ese sentido, la ley califica al abastecimiento y la comercialización de productos, como servicios públicos locales. Además se establece que debe clasificarse como servicio público prioritario la actividad básica de la empresa operadora del mercado mayorista.

    Fuente: ANDINA
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