Foto: Andina |
En este proceso serán consultados los artículos del Reglamento General y los seis específicos que pudiesen afectar los derechos colectivos de los pueblos indígenas.
Se iniciará con el período de publicidad de la medida; continuará con la etapa de información, evaluación interna y diálogo; y culminará con la etapa de decisión.
"Cumplirá con todas las etapas establecidas en el Reglamento de Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de OIT", precisó el Serfor.
Este proceso, según aseguran, "constituye un hito histórico en la gestión forestal y de fauna silvestre".
Fuente: http://www.andina.com.pe/agencia/not...re-527092.aspx
Calificar este artículo