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Senasa establece requisitos fitosanitarios para importación de plántulas de pawlonia de EEUU
  • Senasa establece requisitos fitosanitarios para importación de plántulas de pawlonia de EEUU


    El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plántulas de paulownia (Paulownia elongata S.Y.Hu) de origen y procedencia de Estados Unidos.

    De acuerdo a una resolución directoral del Senasa publicada hoy, los requisitos fueron establecidos por el interés de María del Carmen Alegría por importar al país plántulas de paulownia.

    La norma establece que el envío debe contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o presencia.

    El envío deberá venir acompañado de un certificado oficial del país de origen que consigne que se esté efectuado un tratamiento de desinfección y desinfectación preembarque, además consignará qué productos químicos y dosis se utilizaron.

    Agrega que si el material importado viene con sustrato, éste deberá ser un medio libre de plagas cuya condición será certificada por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen.

    Los envases serán nuevos y de primer uso, libre de tierra y de cualquier material extraño al producto.

    El importador deberá contar con su Registro de Importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente.

    También se efectuarán inspecciones fitosanitarias en el punto de ingreso al país.

    El inspector del Senasa tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa, con el fin de descartar la presencia de plagas enunciadas en la declaración adicional del producto; el costo del diagnóstico será asumido por el importador.

    El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de seis meses, en dicho lapso el Senasa efectuará dos inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena, y una inspección obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino final del producto.

    Fuente: Andina
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