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Senasa establece requisitos fitosanitarios para plantas de orquídea de Taiwán
  • Senasa establece requisitos fitosanitarios para plantas de orquídea de Taiwán



    El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de orquídea (Ascodenda spp.) de origen y procedencia Taiwán.


    Según una resolución directoral del Senasa publicada hoy, ante el interés de una ciudadana de importar al país dichas plantas de orquídea de Taiwán, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal, inició el respectivo estudio.

    Ello con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importación del mencionado producto.

    La importación deberá contar con requisitos como el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, y obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

    Adicionalmente, deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen en el cual se consigne la declaración adicional de que las plantas proceden de viveros registrados por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen, entre otros requisitos.

    También establece el tipo de tratamiento de desinfección preembarque que se aplicará, yque deberá haber inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.

    Además, el inspector del Senasa tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa, con el fin de descartar la presencia de plagas enunciadas en la declaración adicional.

    Finalmente, establece que el proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de tres meses.

    En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del Senasa a una inspección obligatoria para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una inspección obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino final del producto.

    Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/not...an-434243.aspx
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