Lima, ago. 31 (ANDINA).- A partir del 8 de setiembre los empresarios interesados en exportar alimentos a Estados Unidos deberán cumplir nuevos requisitos que ha establecido la Administración Federal de Fármacos y Alimentos (FDA), informó hoy la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú).

Ello para un mejor seguimiento y control de riesgo de alguna adulteración en los alimentos que pueda representar peligro de muerte a personas y animales.

Los exportadores peruanos deberán garantizar que representantes de las instalaciones alimenticias inscriban en el Registro de Alimentos a Ser Reportados (Reportable Food Registry – RFR) cualquier incidencia o problema sanitario que le ocurra a sus productos, y que estén relacionados con la normativa de la FDA.

Este registro es para todo tipo de alimentos, a excepción de las fórmulas para niños, que puedan ser modificados para ocasionar daño.

Las personas responsables de realizar el respectivo registro deben ser el dueño de la mercadería, operador o agente encargado de las instalaciones alimenticias que estén registrados bajo la Ley Contra el Bioterrorismo, es decir, toda aquella instalación que procese alimentos para consumo humano o animal.

De lo contrario, el responsable podrá autorizar a otra persona a realizar este registro.

Adicionalmente podrán realizar el RFR los organismos federales, estatales y locales de salud pública de Estados Unidos.

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