SUNAT mediante Carta N° 197-2007-SUNAT/200000 ha precisado que a fin de determinar si los ingresos obtenidos por operaciones eventuales constituyen o no ingresos netos por actividades no comprendidas dentro de la Ley N° 27360 que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario, deberá verificarse en cada caso concreto si tienen su origen o provienen del ejercicio de actividades distintas a las de cultivo, crianza y/o agroindustrial.



SUNAT indica que mediante el Informe N° 044-2005-SUNAT/2B0000 señaló que se consideran ingresos netos de las actividades no comprendidas dentro de la Ley N° 27360, a los que provengan del ejercicio de actividades distintas a las de cultivo, crianza y/o agroindustrial.


Por ello, a fin de determinar si los ingresos obtenidos por operaciones eventuales constituyen o no ingresos netos por actividades no comprendidas dentro de la Ley N° 27360, deberá verificarse en cada caso concreto si tienen su origen o provienen del ejercicio de actividades distintas a las de cultivo, crianza y/o agroindustrial.


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